jueves, 10 de diciembre de 2009

JOINT-VENTURE

CONTRATO JOINT-VENTURE O EMPRESA CONJUTA
Se da cuando dos o más empresas económicas y jurídicamente independientes unen recursos, conocimientos, experiencia en el mercado y esfuerzos para obtener beneficios mutuos, a través de la creación de una nueva empresa independiente jurídica y $ de las creadoras.

CARACTERÍSTICAS
Es un contrato de coinversión donde dos empresas crean una tercera empresa la cual es autónoma, tiene personalidad jurídica diferente, patrimonio propio y tiene un fin específico diferente de las empresas que la crearon.
Las partes se les denomina socios.

OBLIGACIONES
Aportar a la nueva empresa lo que se comprometieron, dirigir y controlar sociedad, no cumplir entre ellos, confidencialidad, compartir riegos

DERECHOS
Participar de las ganancias en partes acordadas. Existen algunos beneficios fiscales, como por ejemplo bajar la base gravable y otros como laborales donde les pagas por honorarios

No hay comentarios:

Publicar un comentario